La Fiscalía que retiró una denuncia contra Quiborax pidió enjuiciar a Mesa

En tres días se realizaron todos los actos. El 5 de junio de 2018 la Fiscalía y el querellante particular retiraron sus acusaciones; el 6 de junio se leyó la sentencia final; el 7, el procurador y el ministro de Minería firmaron el pago de $us 42,6 millones.
Parte de la documentación que muestra las acciones que se tomaron en este caso.



El 5 de junio de 2018, dos días antes que el ministro de Minería, César Navarro, y el procurador, Pablo Menacho, pagaran 42,6 millones de dólares a la empresa Quiborax, la Fiscalía retiró la acusación penal por cuatro delitos que se ventilaba en la justicia boliviana contra ocho acusados de esa firma y entre los que se encontraba el súbdito chileno fugado Allan Henry Isaac Fosck Kaplun. Pese a ello, ahora, el Ministerio Público impulsará un juicio de responsabilidades contra el expresidente Carlos Mesa por la nacionalización de esa misma empresa en 2004.

“El fiscal departamental de La Paz autoriza que se retire la acusación N.º JCGA/18/2015 del 7 de julio de 2015 presentada por el fiscal de materia Julio César Guerrero Arraya y Leopoldo Ramos Errada en el proceso penal que se sigue a estas personas”, señala el documento y cita a ocho personas acusadas por cuatro delitos: falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado, incumplimiento de deberes y estafa.

El documento lleva la firma del fiscal Edwin Blanco Soria y tiene fecha del 5 de junio de 2018. Según su justificativo, la Fiscalía puede presentar su desistimiento hasta antes que se dicte sentencia y por tanto realiza un análisis de cada uno de los acusados, y finalmente refiere que es su atribución desistir de la causa.

Más adelante, Blanco señala que incluso el laudo arbitral emitido por el Centro de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) rechaza las acusaciones que pesan contra el socio chileno de Non Metallic Minerals SA y que la prueba aportada por los demandantes supera la denuncia de falsificación de documentos que presentó el Estado boliviano ante esos tribunales.

“Cabe destacar que, en su decisión sobre jurisdicción, el tribunal constató que la alegación de la demandada en el sentido de que los demandantes o sus empleados hubieran falsificado pruebas a fin de establecer la jurisdicción en este arbitraje, carecía de fundamento (...) estas no prueban la existencia de fraude ni resultan suficientes para contrarrestar la abundante evidencia que existe en favor de los demandantes”, señala el justificativo del fiscal Blanco.



La sentencia
Luego de ser presentado el desistimiento de la causa, al día siguiente, el Tribunal Cuarto de Sentencia consideró el caso 200831248 y las autoridades judiciales firmaron la resolución N.º 86/2018, que es la sentencia contra Julio Fernando Rojas Herrera, Dolly Paredes Mancilla, María Fernández Salinas, Yuri Espinoza Salles, María Ballivián Ascarrunz, Ernesto Ossio Aramayo, Tatiana Terán y Allan Fosck Kaplun, los que estaban acusados de cuatro delitos.

Asimismo, el tribunal advierte que el juicio podría proseguir con la acusación particular que estaba a cargo de la Autoridad de Fiscalización de Empresas, pero esta entidad también presentó su desistimiento.

Según esta resolución, Fosck Kaplun tenía un defensor público, aunque él figura como empresario y como “rebelde”, lo que significa que la resolución de absolución se dictó mientras el acusado estaba prófugo de la justicia. Luego de todas estas consideraciones, el Tribunal Cuarto de Sentencia falló absolviendo de toda culpa a los ocho acusados.

El cumplimiento
El procurador del Estado, Pablo Menacho, explicó anoche que las acciones de las entidades estatales tuvieron que circunscribirse al laudo arbitral del Ciadi porque este, en su “decisión sobre jurisdicción”, en el párrafo 192, señala que “el tribunal está persuadido de que Quiborax adquirió 13.636 acciones y Allan Fosck recibió una acción en agosto y septiembre de 2001 y no menciona la fecha.

Menacho dijo que presentaron esos documentos y realizaron otras acciones frente a los árbitros, pero que luego de la decisión final lo que hizo la Procuraduría fue remitir ese laudo a las distintas instancias y estas debían cumplir un fallo que salió en septiembre de 2015 y obligaba el Estado boliviano a acatar todas las decisiones.

Documentos que trabajó Carmiña Llorenti
1.- Llorenti informó de que cuando violentaron su correo los abogados chilenos, estos reenviaron tres tipos de documentos, el retiro de la acusación particular, el retiro de la acusación del Ministerio Público y el proyecto de sentencia.

2.- En los memoriales que están en la sentencia contra Allan Fosck figuran los mismos documentos y el Tribunal Cuarto de Sentencia avaló ese fallo.

3.- Fueron ocho personas acusadas y procesadas y el retiro de las acusaciones beneficiaban a todos, especialmente a Allan Fosck.
Fuente: El Deber



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