Impuestos y Economía trabajan en una norma para que Netflix, Amazon y otras tributen

El anunció lo dio a conocer este miércoles el presidente de Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, quien indicó que el junto el Ministerio de Economía y Finanzas elaboran en un proyecto normativo para que las empresas extrajeras, que ofrezcan servicios mediante las plataformas digitales en Bolivia, como por ejemplo, Netflix, Amazon Prime Video y otras, paguen impuestos.
Cazón, quien concedió una entrevista al portal Urgentebo, indicó que cada país está buscando la forma de cómo cobrar impuestos a estas empresas y otras que  prestan servicios vía internet.




“Entonces nosotros estamos trabajado en una norma, estamos trabajando, esperamos concluir y llevarlo a la Asamblea Legislativa”, declaró el presidente del SIN. Acotó también que este plan normativo podría promulgarse mediante Decreto Supremo.

A su vez, lamentó que las extranjeras que prestan servicios a los bolivianos, tampoco paguen impuesto en los países de la región ni en Europa, por lo cual esas naciones ven la manera de que las compañías que operan vía internet tributen.

“Chile, por ejemplo, hoy día está trabajando en una ley. Colombia no hace poco ya aprobado (una normativa), España está aprobando una ley, la Unión Europea, en su conjunto, también están trabajando en una normativa para controlar justamente la prestación de servicios vía internet desde el extranjero”, agregó.

Según Cazón, en caso de establecer una normativa en Bolivia, esta solo regirá a las extranjeras que ofrecen servicio, puesto que las compañías foráneas que venden bienes ya son reguladas por la Aduana Nacional.


Ayer, el titular del SIN a las personas y organizaciones que ofrecen servicios en las plataformas digitales, como el Facebook, WhatsApp y otras, que se apersonen por Impuestos Nacionales para regularizar su situación de contribuyente.




En tal sentido, en la presente, el presidente de Imposto Nacionales dijo que actualmente existe un Resolución Normativa de Directorio que establece que toda venta que se hace mediante las plataformas digitales se la puede hacer siempre y cuando la personas que hace este tipo de movimiento esté registrado en el SIN.
Fuente: Urgentebo

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