Gobierno ratifica multa a CBN por conducta anticompetitiva

Se desconoce si la CBN interpondrá alguna nueva acción frente a esta disposición de cumplimiento obligatorio. La multa es de 25,4 millones de UFV ($us 8,2 millones).
La Cervecería Boliviana Nacional en La Paz. Foto: Internet
El Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural a través de una resolución jerárquica ratificó una multa de 25,4 millones de Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), 8,2  millones de dólares, para la Cervecería Boliviana Nacional (CBN) por conducta anticompetitiva, en un proceso seguido por la Cervecería Amazónica en el departamento de  Pando.




“Declarar probada la comisión de la conducta anticompetitiva relativa, descrita en el artículo 11, numeral 11 del Decreto Supremo 29519 por parte de la CBN, en razón del establecimiento de distintos precios de venta de cerveza para diferentes compradores situados en igualdad de condiciones, desde enero 2013 a julio 2014 y, en consecuencia, sancionarla con la multa de 25.492.440,48 UFV”, señala la resolución jerárquica 005/2018 emitida el 2 de febrero y a la que tuvo acceso Página Siete.

La multa debe ser pagada en un plazo de 10 días hábiles administrativos desde la notificación en una cuenta fiscal del Banco Unión. Se desconoce si la CBN interpondrá alguna nueva acción frente a esta disposición, que es de cumplimiento obligatorio.

De esa manera se confirma totalmente la Resolución Administrativa de Revocatoria RA/AEMP/081/2017 de 15 de agosto de 2017 emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP), en la que se pronunció sobre un recurso de revocatoria planteado por la CBN contra la Resolución AdministrativaRA/AEMP/DTDCDN/003/2017 de 16 de enero de 2017.

El Ministerio de Desarrollo Productivo emitió su fallo como instancia superior y que analiza los recursos jerárquicos que son presentados por las partes afectadas contra resoluciones administrativas o de revocatoria que emite la AEMP.

La entidad reguladora, con la Resolución 003/2017, también había rechazado la prescripción de la acción invocada por la CBN de disposiciones anteriores por la misma conducta.




A su vez, había declarado probada la conducta anticompetitiva de la CBN al haber incurrido en la venta sistemática de cerveza por debajo de sus costo medio total en el período julio y agosto de 2014, aunque declaró improbada la misma conducta por la venta ocasional de cerveza por debajo de su costo variable.

Adicionalmente, esa resolución llegó a confirmar la participación del presidente del directorio de la CBN, Francisco Sa; del gerente general, Luciano Carrillo,  y  del gerente nacional de ventas, Luis Fernando Momles, que desempeñaban funciones en 2013 y 2014, en las decisiones que motivaron la comisión de prácticas  anticompetitivas en la comercialización de cerveza para diferentes clientes situados en igualdad de condiciones.

La misma disposición instruyó a la CBN el cese inmediato de esas acciones y la adecuación de sus planes, estrategias y políticas de precios de venta para diferentes compradores o vendedores situados en igualdad de condiciones a los lineamientos de la resolución, dejando sin efecto cualquier disposición que atente, vulnere y restrinja la competencia o que tenga como objeto desplazar a agentes competidores.

En 2016 la Autoridad de Empresas hizo conocer la sanción
En enero de 2016 se conoció que la  Autoridad de Empresas (AEMP), con la Resolución 0168/2015, había sancionado a la CBN con una multa de 37,1 millones de Unidades de Fomento a la Vivienda (UFV), equivalentes a 11,2 millones de dólares, por prácticas anticompetitivas que afectaron a la Cervecería Amazónica en Pando.

La reguladora, en ese entonces, declaró probada la comisión de conducta anticompetitiva relativa cometida por CBN contra  la  Cervecería Amazónica y su producto Bahía de Cobija, Pando,  y determinó sancionar a CBN con una multa de 37.1 de UFV, equivalente a unos  11,2 millones de dólares.

Posteriormente, la CBN apeló esa resolución a través de diferentes recursos que finalmente llegaron al Ministerio de Desarrollo Productivo, que luego de un análisis, en fecha 18 de abril de 2016, con una resolución jerárquica, dispuso que se anule el procedimiento administrativo hasta una resolución administrativa que había emitido la AEMP en noviembre de 2015.

Corregidas las actuaciones y las apelaciones y análisis de las documentación presentada tanto por la CBN y la Cervecería Amazónica, es que se llega a la resolución jerárquica 005/2018 del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Fuente: Página Siete




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