Gobernador de Potosí tiene otro proceso, no tiene casa y lo acusan por un delito

La Fiscalía, en la imputación a la que tuvo acceso este medio, solicitará detención domiciliaria. Lo imputan por el delito de resoluciones contrarias a la CPE y las leyes porque anuló el contrato de compra 22 días después de la fecha de entrega.

El masista Jhonny Mamani involucrado en hechos de corrupción Fotos: Internet.

La imputación del Ministerio Público establece que el gobernador de Potosí, Jhonny Mamani tiene “actividad delictiva reiterada o anterior”, porque registra un proceso abierto en su contra; que pese a su cargo no acreditó un domicilio en la ciudad de Potosí, y que hay riesgo de obstaculización y de fuga. Por ello, pedirá su detención domiciliaria en la audiencia del próximo jueves, en el marco de la denuncia sobre la compra presuntamente irregular de 41 ambulancias en la que lo acusarán por la comisión del delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes.



El Ministerio Público solicitará la obligación de Mamani de presentarse ante la Fiscalía una vez a la semana, prohibición de comunicarse con testigos, partícipes y peritos; una fianza personal o económica que deberá ser fijada por el juez, arraigo y también la detención domiciliaria.

La imputación advierte la existencia de actividad delictiva reiterada o anterior, “debidamente acreditada. Conforme al historial de denuncias del Ministerio Público, se tiene que el imputado cuenta con un proceso penal anterior abierto en su contra por los delitos de incumplimiento de deberes, atribuirse los derechos del pueblo, uso indebido de influencias y contratos lesivos al Estado.

Conforme a la declaración informativa del Gobernador y los datos obtenidos del Segip, la Fiscalía sostiene en la imputación que la autoridad no cuenta con un domicilio preciso en Potosí. “Su domicilio real sería en el municipio de Tahua, pero se sabe que por la función que cumple como gobernador del departamento, y el mismo tendría que contar con un domicilio que reúna las condiciones de habitualidad y habitabilidad en la ciudad de Potosí” y por eso podría “abandonar el país o quedar oculto”.

La imputación establece que “el imputado amenace o influya negativamente sobre los partícipes, víctimas, testigos o peritos a objeto de que informen falsamente o se comporten de manera reticente”. Prevén riesgo de obstaculizar en los otros copartícipes del hecho, “toda vez que conforme a las investigaciones efectuadas existe pluralidad de imputados, que dependen o dependieron del Gobierno Autónomo Departamental de Potosí”.

Además, denuncia que Mamani ya intentó influir en la indagación. “De acuerdo al informe emitido por el investigador asignado al caso, se tiene la transcripción de un audio presentado por Jhonny Mamani Rivera Morales y Luis Sandro Camiño Leniz, mediante memorial de fecha 22 de mayo de 2022. “Se advierte la obstaculización porque una funcionaria de la Gobernación hubiese inducido a regularizar las firmas de algunos miembros de la comisión de calificación”.

El documento señala que el gobernador es la máxima autoridad de la entidad estatal contratante del proceso para la adquisición de las 41 ambulancias, conforme al decreto supremo 4432 de 29 de diciembre de 2020 y por lo tanto se constituye en responsable de las contrataciones directas efectuadas en el marco de esa norma.

El mencionado decreto se enmarcaba en el artículo 11 del Reglamento de contratación directa para la atención del Covid-19, aprobado por la Gobernación. La función de Mamani como Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) era velar porque esos procesos de contratación de bienes y servicios se enmarquen en la transparencia, pero “ello no ocurre en este proceso porque se han podido advertir muchas irregularidades”.

Primero, se estableció “que se ha adjudicado a la empresa Estefals Logistics, sin que la misma cumpla las especificaciones técnicas requeridas, se ha procedido a registrar el formulario 500 en el Sicoes, haciendo constar la recepción de las 41 ambulancias, cuando en los hechos nunca se ha procedido a recibir físicamente los referidos bienes”, dice la imputación.

El Gobernador, 22 días posteriores al cumplimiento del contrato procede a “anular la suscripción de la minuta de contrato administrativo de fecha 26 de noviembre de 2021 contraviniendo el artículo 28 parágrafo I del decreto 0181, que expresa que el proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado, o suspendido hasta antes de la suscripción del contrato”, no después.

Refiere que al disponer esa anulación se prescindió sancionar el incumplimiento del contrato a la empresa adjudicada, “ya sea cobrando las multas por días de retraso en la entrega de los bienes, o en su caso ante el incumplimiento del contrato, ejecutando la póliza de garantía de cumplimiento de contrato, generando con ello un daño económico al Estado en la suma de Bs 1.435.000.

“De lo manifestado se tiene demostrado de forma suficiente y razonable la participación del sindicado en el delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, previsto en el artículo 153 del Código Penal, modificado por la Ley 1390”, dice la imputación.

Fuente: El Deber

Te puede interesar:

Usamos cookies propias y de terceros para ayudarte en tu navegación. Si continúa navegando consideramos que acepta su uso. OK | más información